El juicio contra el fiscal general queda visto para sentencia. Tras seis sesiones intensas, la vista oral ha concluido este jueves con una brillante exposición por parte del abogado del Estado José Ignacio Ocio, que ha defendido, junto a la abogada Consuelo Castro, al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.
Esta última sesión, destinada a la exposición de los informes finales de las partes, ha dejado algunos alegatos insustanciales, pero, sin duda, el de Ocio no lo es. «A estas alturas no sabemos de lo que nos estamos defendiendo», ha clamado el letrado en relación a si se ha enjuiciado, además de la filtración del correo de la confesión del novio de Ayuso, la nota de prensa de la Fiscalía para desmentir el bulo orquestado por el jefe del gabinete de Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez (MÁR).
El abogado ha expuesto que el caso estuvo rodeado desde el principio de «un contexto mediático excepcional que, en ocasiones, ha desbordado el debate jurídico«. Y ha tumbado, uno a uno, los «siete indicios manoseados por las acusaciones», con los que el juez instructor Ángel Hurtado y la Sala de Apelaciones del Supremo llevaron a juicio a Álvaro García Ortiz. No ha identificado los siete indicios, pero estas son las claves con las que ha desmoronado los argumentos de las acusaciones.

1. Las declaraciones de la fiscal Lastra
La fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, dijo en fase de instrucción que le había recriminado al fiscal general haber «filtrado el correo» y él no lo desmintió, sino que le replicó: «Eso ahora no importa». Estas manifestaciones por sí solas constituyeron para el juez instructor, Ángel Hurtado, un indicio contra García Ortiz. El letrado José Ignacio Ocio, ha puesto el foco en la «evidente» «mala relación de Lastra con la cúpula de la Fiscalía General del Estado». Y ha evidenciado que Lastra, que no quiso difundir a los medios la nota de prensa para desmentir el bulo que beneficiaba al novio de Ayuso, ha dado varias versiones de su supuesta frase, como una en la que indicaba que se refería a la nota de prensa: «La has filtrado».
El fiscal general ha negado haber escuchado esa frase pero el juez Hurtado la dio por veraz.
2. El borrado de los mensajes
El borrado de los mensajes del móvil por parte de García Ortiz ha sido considerado uno de los indicios más fuertes por parte del instructor. Él ha argumentado que borra el contenido de los mensajes al menos una vez al mes por motivos de seguridad, debido al tipo de datos que maneja.
Los correos del 8 al 14 de marzo, el marco temporal en el que sucedieron los hechos, «estaban borrados con toda seguridad a finales de abril», ha explicado el letrado, y ha afirmado que García Ortiz conocía desde 12 de octubre de 2024 su imputación [sería imputado por el Supremo el 16 de octubre]. «Si hubiera tenido voluntad de eliminar pruebas, hubiera podido borrarlos antes», ha incidido.
3. La cuenta de ‘Gmail’
La cuenta de Gmail del fiscal general del Estado, que albergaba el correo investigado, estuvo a disposición de la UCO cuando los agentes entraron en el despacho del fiscal general, el 30 de octubre de 2024. Pero se ha querido «manipular», incidiendo en que fue eliminada coincidiendo con su imputación, ha sostenido el letrado defensor.
La cuenta se eliminó, como ha demostrado el abogado del Estado, a finales de diciembre de 2024, porque le estaban entrando correos hostiles, debido a que el atestado de la UCO se filtró sin tapar los datos personales del fiscal general, como esa dirección de Gmail y su teléfono y le estaban llegando a esa cuenta ‘emails’ «desagradables». «Se ha manipulado el cierre de su cuenta de Gmail como si fuera un indicio de cargo», ha dicho el letrado.
El fiscal general ha dicho que se manejaba mejor desde el móvil con el correo de Gmail que con el corporativo de la Fiscalía y que por eso pidió que le mandaran a dicha cuenta los correos que intercambiaron el fiscal de delitos económicos y el abogado del novio de Ayuso.
4. La conexión con Moncloa
«Mi representado no conoce a la señora Sánchez Acera [Pilar], ni al señor Lobato [Juan] ni al señor Vallés [Francesc]», ha dicho el defensor, en referencia a la asesora de Moncloa, el líder del PSOE de Madrid y el secretario de Estado de Comunicación en marzo de 2024. Rechaza por falta de pruebas que el fiscal tuviera contacto con dichos cargos y niega órdenes de Moncloa. «Mi patrocinado no ha recibido ni una sola instrucción de Presidencia del Gobierno, hasta ahí podíamos llegar», ha clamado.
Esta vía, la conexión de la filtración con Moncloa, se desechó por el Supremo como parte de la investigación, pero las acusaciones no lo han tenido en cuenta y han seguido señalando un hipotético vínculo, debido a que se permitió la testifical en el juicio de Lobato, Sánchez Acera y Vallés.

5. La llamada del periodista
Otro de los indicios sobre los que ha pivotado la causa contra el fiscal general es su posible relación con los periodistas que publicaron las primeras noticias sobre el correo de la confesión del novio de Ayuso, el del día 2 de febrero. En este sentido, las acusaciones se han centrado en Miguel Ángel Campos, periodista de La Ser, que fue el primero en mencionar el correo de la confesión, aunque sin dar la imagen de dicho email. Campos llamó al fiscal general a raíz de la publicación del bulo por El Mundo. El fiscal general no cogió la llamada y ni siquiera fue consciente de ella, ha asegurado. Por su parte, el informador indicó que hacía mucho que no le llamaba porque desde que fue nombrado fiscal general no cogía las llamadas. La de aquel día, el 13 de marzo, obedecía a la necesidad del periodista en que el fiscal general le confirmase si era cierta la noticia.
Este fue uno de los indicios que manejó el instructor para atribuirle a García Ortiz el papel de filtrador. Las acusaciones y la UCO dicen que no es posible comprobar si el periodista contactó posteriormente con el fiscal general a través de llamada de ‘whatsapp’.
6. La nota de prensa
Respecto a la nota de prensa con la que el fiscal general quiso desmentir el bulo, se ha convertido en un elemento central en el juicio, pese a que había quedado excluida del enjuiciamiento, según señaló la Sala de Apelaciones del Supremo. «Señorías, no sabemos de lo que nos estamos defendiendo; no sé a estas alturas si tengo que defenderme solo de la filtración del correo o si también de la nota», ha clamado el letrado, después de la que la teniente fiscal del Supremo haya dejado claro que no era objeto del enjuiciamiento la nota, pues el tribunal afirmó que su contenido ya había sido publicado por los medios, por lo que no había secreto alguno. Sin embargo, la acusación ejercida por la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) ha defendido lo contrario y acusa por ello al fiscal general, que admitió que la nota de prensa fue responsabilidad única de él.
La nota de prensa hace alusión a datos concretos extraídos del correo de la confesión y de otro posterior que le envió el fiscal Julián Salto al letrado del novio de Ayuso. Es imposible desmentir el bulo sin la introducción de los correos, ha dicho José Ignacio Ocio, para quien «la nota informativa está justificada», y todos los elementos que la contienen estaban ya publicados con antelación, ha argumentado, tras señalar que desde el entorno de Ayuso se estaba cuestionando a la Fiscalía como responsable de tender una trampa a la pareja de la presidenta madrileña. «Lo que insinuaba era de una gravedad inusual», ha clamado el letrado.
7. El juez instructor no investigó los cabos sueltos
La Abogacía del Estado ha razonado que «no existe base probatoria» y, en efecto, no ha quedado probado que el fiscal general del Estado sea el responsable de la filtración. Su defensor ha puesto de relieve que el magistrado instructor no investigó los cabos sueltos y que «existió voluntad de no investigar». Se ha referido por ejemplo al resto de vías de acceso al correo filtrado, como fue la carpeta electrónica de los juzgados de instrucción madrileños que albergaba el expediente de Hacienda contra el novio de Ayuso; o la cuenta de correo genérico de la Fiscalía de Delitos Económicos de Madrid, a donde llegó el correo de la confesión. Tanto el abogado del fiscal general como la teniente fiscal del Supremo han explicado que más de 500 personas pudieron tener acceso al correo, pero solo se investigó al fiscal general y su entorno, como la fiscal jefa provincial de Madrid.
Respecto a la ausencia de pruebas, el letrado de la APIF ha dicho que no es óbice para una condena, como sucedió con el caso Bretón, sobre el padre que asesinó a sus dos hijos. «Nunca aparecieron los cuerpos de los niños pero se condenó a Bretón», ha argumentado el abogado José Antonio Frago.