La Fiscalía recurre la citación de Sánchez como testigo en la causa de Begoña Gómez porque “no es útil”
Begoña Gómez está siendo investigada por corrupción privada y por tráfico de influencias, un delito que habría cometido presuntamente en calidad de esposa del presidente del Gobierno. Por tanto, el fiscal considera “incierto” que el juez proponga la citación de Sánchez para descubrir “la posible relación de la persona investigada con una autoridad”.
En la línea del escrito presentado por la defensa de Begoña Gómez, el de la Fiscalía señala el error cometido en la providencia de Peinado, que cita dos normas que no existen (el punto 2.1 del artículo 412 de la LeCrim y el párrafo 12 del artículo 413). Estos errores, supone el fiscal, quizás se deban a “la premura con la que se dicta la resolución, premura que se pone también de manifiesto a la vista de la brevedad del lapso que media entre la resolución dictada [este lunes] y el día previsto para la declaración testifical [el próximo martes]”.
El Ministerio Público también reprocha que el juez haya omitido la posibilidad recogida en el 412 de la LeCrim, que permite al presidente del Gobierno a declarar por escrito cuando es testigo de asuntos que conoce por razón de su cargo. Al contrario, el juez Peinado ha previsto tomar declaración a Sánchez en la Moncloa por considerar que el asunto sobre el que tiene que testificar no guarda relación con su cargo.
“Si se fuera coherente con lo manifestado, y aún mostrándonos radicalmente en contra de la diligencia, se permitiría una declaración escrita, y no se acudiría al escenario ahora planteado“, zanja el escrito de la Fiscalía Provincial de Madrid.
Críticas a la imputación de otros testigos
Un escrito que contiene críticas a la instrucción de la causa más allá de la decisión de llamar a declarar a Pedro Sánchez. En los últimos días, el juez ha cambiado la situación procesal de dos testigos -el empresario Juan Carlos Barrabés y el rector de la Universidad Complutense de Madrid, Joaquín Goyache-, que ahora están imputados en la causa. Esta decisión se ha tomado “sin motivación alguna o con meras remisiones genéricas a testigos y documentos”. Así lo pone de manifiesto el Ministerio Público, al que le resulta “preocupante cómo se usa y toma en consideración” la declaración testifical de estos dos testigos.
Estos dos individuos, al ser interrogados como testigos, carecían de los derechos procesales que se le da a un investigado. En sus comparecencias tuvieron la obligación de declarar ante el juez y decir la verdad “bajo juramento”, a diferencia de la investigada Begoña Gómez, que el viernes se amparó en su derecho a no prestar declaración. Ahora empeora la condición de ambos dado que no se interrumpieron sus declaraciones “en el momento en que se supone se tornaron incriminatorias”. La Fiscalía, además de alegar esto último, indica que la imputación de Goyache y Barrabés no se ha justificado “debidamente”.