Trabajo redactará un protocolo contra el acoso a las empleadas de hogar y reconoce su derecho a dimitir sin ser penalizadas
De la misma forma, “cuando las personas trabajadoras del servicio del hogar familiar estén o puedan estar expuestas a un riesgo grave e inminente con ocasión de su trabajo”, los empleadores estarán obligados a informar del riesgo a las empleadas, en primer lugar. Es más: será igualmente obligación del patrón “adoptar las medidas y dar las instrucciones necesarias para que, en caso de peligro grave, inminente e inevitable, las personas trabajadoras puedan interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el domicilio”.
De evadir el empleador esta obligación, “la persona trabajadora tendrá derecho a interrumpir su actividad cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud, así como a abandonar el domicilio si fuera necesario”. Para ello, únicamente será necesario comunicarlo al patrón, y las trabajadoras “no podrán sufrir perjuicio alguno derivado de la adopción de estas medidas, a menos que hubieran obrado de mala fe o cometido negligencia grave”, señala el decreto.
Por último, el paquete de medidas reconoce el derecho de las empleadas de hogar a pasar un reconocimiento médico anual para determinar posibles riesgos para su salud en el ámbito laboral. Para liberar a los empleadores de esta obligación, el Ministerio de Sanidad “promoverá la inclusión de la realización gratuita” de estos chequeos anuales “en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud”.